Modelo de bases y condiciones
Esto no son las bases de ningún sorteo: es un modelo para que la entidad organizadora lo copie y lo complete con lo suyo. Las bases de una rifa llevan el premio, las fechas y los números de esa rifa, y el organizador es la entidad, así que un texto único para todas no le sirve a ninguna.
Las bases de cada sorteo se leen en la página de ese sorteo, y las escribe la entidad que lo organiza. Antes de publicarlas hay que completar los datos del organizador, citar la norma provincial concreta y hacerlas revisar por un abogado con experiencia en juego.
1. Organizador
El presente sorteo es organizado por [RAZÓN SOCIAL], CUIT [CUIT], con domicilio en [DOMICILIO]. Consultas a [EMAIL DE CONTACTO].
2. Participación
Pueden participar personas humanas mayores de 18 años con domicilio en la República Argentina. La participación implica el conocimiento y la aceptación de estas bases.
3. Mecánica
Cada sorteo tiene una cantidad total de números y una cantidad mínima que debe comercializarse para que el sorteo se realice. Al acreditarse el pago, el sistema asigna al participante números elegidos al azar entre los disponibles. Los números asignados quedan visibles en el panel del participante.
4. Participación sin obligación de compra
Existe una vía de participación gratuita, sin obligación de compra. Para acceder a ella el interesado debe tener una cuenta con su nombre, apellido y DNI, y solicitar su número desde la página del sorteo, dentro del período de venta. La asignación es automática y no queda a criterio del organizador: se entrega un número sin cargo por participante y por sorteo, elegido al azar entre los disponibles, en igualdad de condiciones con los números adquiridos y con las mismas probabilidades.
5. Sorteo y determinación del ganador
Con anterioridad al inicio de la comercialización, el organizador declara el mecanismo por el cual se determinará el ganador. La declaración queda asentada con fecha cierta, se publica junto con el sorteo y no puede modificarse con posterioridad. El mecanismo declarado es uno de los dos siguientes, y consta en la página de comprobación pública de cada sorteo.
5.a. Determinación por procedimiento verificable del sistema
Antes del inicio de la comercialización se publica el hash SHA-256 de una semilla aleatoria secreta. Finalizado el período de venta, se revela la semilla y se la combina con un dato público e impredecible correspondiente a la fecha del sorteo. El ganador se determina aplicando SHA-256 sobre la concatenación de semilla, dato público, identificador del sorteo y cantidad de números en juego; el resultado, interpretado como número entero, se divide por la cantidad de números en juego y el resto indica la posición ganadora sobre el listado de números ordenado de forma ascendente. El procedimiento completo es verificable públicamente en el sitio.
5.b. Determinación por sorteo oficial de lotería
El organizador declara, con anterioridad al inicio de la comercialización, el organismo oficial de lotería cuyo sorteo determinará el resultado, la fecha de dicho sorteo y las cifras que se tomarán de él. Resulta ganador el número vendido que coincida con las cifras declaradas. Para el supuesto de que ese número no hubiera sido vendido, el organizador declara previamente una de estas dos soluciones: resulta ganador el número vendido inmediato superior, y de no existir ninguno superior, el más bajo en juego; o bien la determinación se traslada al sorteo siguiente del mismo organismo, en cuyo caso cada sorteo oficial consultado que no arrojó ganador se asienta y se publica.
6. Sorteo no realizado
Si al vencimiento del plazo no se alcanzó la cantidad mínima de números, el sorteo se cancela y se reintegra el 100% de lo abonado por cada participante, por el mismo medio de pago utilizado.
7. Entrega del premio
El organizador contactará al ganador dentro de las 48 horas hábiles por los datos registrados en su cuenta. El ganador deberá acreditar identidad y aportar los datos necesarios para la entrega. Los premios no son canjeables por dinero salvo indicación expresa en el sorteo.
8. Marco normativo
El presente se rige por la legislación argentina aplicable y por la normativa de la jurisdicción que otorgó la autorización, cuyo organismo y número se indican en el sorteo. Las marcas mencionadas pertenecen a sus respectivos titulares, que no patrocinan ni avalan este sitio. [COMPLETAR: citar la norma provincial concreta bajo la que se emite la autorización.]